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Conscientes de que los propietarios de viviendas demandaban seguridad, sobre todo en lo que al cobro de la renta se refiere, las aseguradoras españolas recientemente han comenzado a comercializar productos que aglutinan varias coberturas para garantizar la protección del arrendador. Se trata de seguros que aunque nuevos en nuestro país, se comercializan desde hace mucho tiempo y son muy habituales en otros países de nuestro entorno europeo.

Generalmente los seguro de Lucro Cesante, tienen una prima de entre un 4% y un 9% de la renta anual y aglutinan varias coberturas: Garantía de pago de la renta, Defensa Jurídica, Daños por vandalismo.

Cada vez hay más compañías que comercializan este tipo de seguros, pero antes de decantarnos por alguna de ellas en particular, recomendamos ver las limitaciones y exclusiones de la cobertura.

Algunas aseguradoras incluyen una franquicia por la cuál el propietario tendrá que asumir la pérdida de uno o varios meses de impago. Otra cláusula habitual es limitar la garantía de pago a un período de tiempo –habitualmente 12 meses- y a una cantidad económica mensual.

La garantía de Defensa Jurídica a veces se limita a los procesos de desahucio del inquilino y otra veces incluyen la reclamación judicial de rentas, pero lo que ninguna aseguradora incluye es el Asesoramiento Legal o Fiscal que pueda precisar el arrendamiento. Además esta garantía siempre se limita en lo económico.

La garantía de Daños por Vandalismo, se asocia por la gran mayoría de aseguradoras a la cobertura de impago de rentas, de manera que esta cobertura no puede operar si no se ha producido un impago y ha entrado en funcionamiento la cobertura básica de esta póliza. También el importe de la cobertura se limita en todos los casos.

Además de estos productos, dentro del campo del seguro, también existen seguros de Defensa Jurídica, sensiblemente más baratos, que sólo cubren los gastos o proporcionan los profesionales que precise la defensa jurídica del propietario en caso de tener que recurrir este al auxilio judicial.

También existen en el mercado productos –no seguros- que son todavía más baratos y sólo incluyen el asesoramiento legal y que previa contratación del servicio ofrecen algún tipo de descuento en caso de que haya que acudir al auxilio judicial para dirimir algún contencioso.

Estos productos están proliferando por lo que recomendamos contratar un producto combinado de asesoramiento, Defensa Jurídica y seguro que garantice el cobro de la renta y además, que dicho seguro tenga las más amplias garantía y las menos limitaciones o exclusiones.